La Audiencia Provincial de Badajoz ha iniciado las sesiones del juicio oral contra David Sánchez Pérez-Castejón por presuntas irregularidades en su contratación por parte de la Diputación de Badajoz en 2017. Las primeras jornadas de la vista se han caracterizado por una serie de testimonios y decisiones procesales que, según fuentes jurídicas presentes en el proceso, han matizado la contundencia de algunos de los indicios recabados durante la fase de instrucción.
En el plano procedimental, la defensa ha obtenido un primer pronunciamiento favorable al acordar el tribunal la retirada del delito de aceptación de nombramiento ilegal. La decisión, que contó con el respaldo del Ministerio Fiscal, se fundamenta en la prescripción de dicho ilícito. No obstante, el juicio continúa por los presuntos delitos de tráfico de influencias, prevaricación administrativa y malversación, tras haber rechazado los magistrados las peticiones de nulidad total de las actuaciones planteadas por los abogados defensores.
Uno de los puntos clave del debate jurídico se centró en la prueba documental relativa a un correo electrónico en el que se empleaba el término “el hermanísimo”. El autor de dicha comunicación, al comparecer como testigo, ha restado valor probatorio a la expresión al admitir ante el tribunal que se basó en rumores y comentarios informales que circulaban en la institución, sin que tuviera conocimiento directo o pruebas de que la plaza de coordinador de actividades musicales estuviera adjudicada de antemano.
Asimismo, la imagen de un puesto de trabajo inexistente o carente de actividad real ha sido cuestionada por diversos trabajadores y responsables de los conservatorios provinciales. Durante sus declaraciones, estos testigos describieron a David Sánchez como un profesional implicado en sus funciones y presente en el desarrollo de los proyectos culturales de la Diputación. Esta línea de testimonios contradice una de las tesis principales de las acusaciones populares, que sostenían que el investigado no desempeñaba las tareas inherentes a su cargo.
Por su parte, los funcionarios que intervinieron en la tramitación administrativa del concurso aseguraron que el procedimiento se ajustó a la normativa vigente. Según su versión, la creación de la plaza respondió a necesidades organizativas previamente detectadas por la institución provincial y no recibieron instrucción alguna para favorecer a Sánchez Pérez-Castejón. En este sentido, otro de los aspirantes que concurrió al proceso selectivo manifestó no haber percibido anomalías ni sospechas de que el resultado estuviera predeterminado.
A pesar del debilitamiento de estos indicios iniciales, las acusaciones mantienen que existen elementos suficientes para proseguir con la causa. La instrucción previa destacó la coincidencia temporal entre los movimientos administrativos para la creación del puesto y la evolución orgánica de Pedro Sánchez en el ámbito político nacional. El tribunal deberá valorar si esta correlación temporal, junto con el resto de la prueba practicada, constituye prueba de cargo suficiente para una condena.
El calendario judicial prevé que en las próximas sesiones comparezcan los acusados, incluido el propio David Sánchez y los responsables de la Diputación de Badajoz responsables de la convocatoria. El desenlace del proceso dependerá de la valoración conjunta de la prueba que realice el tribunal una vez finalice la fase de testificales y peritajes, en un caso que mantiene un alto perfil de interés institucional.


