miércoles, enero 21, 2026
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El Supremo rechaza jurado popular para Ábalos y Koldo

El Supremo Define el Enjuiciamiento en el Caso de las Mascarillas

El Tribunal Supremo ha tomado una determinación crucial que marca el rumbo del proceso judicial contra el exministro José Luis Ábalos y su exasesor Koldo García. Se ha rechazado de forma definitiva la petición para que un jurado popular sea el encargado de enjuiciar las presuntas irregularidades vinculadas a la compra de material sanitario durante la pandemia de COVID-19. Esta resolución subraya la especialización de los tribunales en ciertos tipos de delitos y la aplicación rigurosa de la normativa procesal vigente.

Fundamentos Legales de la Decisión Judicial

La negativa a la solicitud de un tribunal de jurado, a la que Koldo García se adhirió tras la petición inicial de Ábalos, se sustenta en la propia ley reguladora de este mecanismo. El magistrado instructor, Leopoldo Puente, ha señalado que la legislación excluye expresamente los delitos cuya competencia recae en la Audiencia Nacional. A pesar de que la instrucción y fases posteriores del caso han sido asumidas por el Supremo debido al aforamiento de uno de los investigados, este cambio de órgano judicial no altera la naturaleza ni el procedimiento establecido para el tipo de ilícitos que se investigan.

Impacto en el Procedimiento Judicial

La resolución del Alto Tribunal no solo desestima la vía del jurado popular, sino que también implica la validez de los autos de procedimiento abreviado y la apertura de juicio oral ya dictados contra Ábalos, quien enfrenta peticiones de penas significativas. Esta decisión refuerza la línea de que el aforamiento, si bien modifica la instancia judicial que conoce el asunto, no modifica el procedimiento legal aplicable. De este modo, el caso avanzará bajo las directrices de un tribunal profesional, acorde a la compleja naturaleza de las acusaciones planteadas.

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