El Tribunal Constitucional anula la tramitación por lectura única de la reforma de Telemadrid de 2022
El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de amparo interpuesto por los diputados del Grupo Parlamentario Socialista en la Asamblea de Madrid contra la tramitación por el procedimiento de lectura única de la segunda reforma de la Ley de Telemadrid, aprobada en abril de 2022. La sentencia dictamina que dicho cauce legislativo vulneró los derechos de los representantes públicos al privarles de la posibilidad de presentar enmiendas al texto legal.
La resolución, de la que ha sido ponente la magistrada María Luisa Segoviano, señala que la Mesa de la Asamblea estaba obligada a no proponer la tramitación por lectura única al no concurrir los supuestos excepcionales contemplados en el Reglamento de la Cámara vigente en 2021. El tribunal subraya que, para proceder mediante este método abreviado, se requería la unanimidad de los grupos parlamentarios, circunstancia que no se produjo en este caso.
El núcleo de la sentencia destaca que el derecho de enmienda es consustancial a la naturaleza democrática del procedimiento legislativo y al valor del pluralismo político. Al excluir la posibilidad de que los diputados ejercieran este derecho, el órgano de gobierno de la Asamblea afectó negativamente al ejercicio de las funciones de la oposición, que no pudo participar en la configuración del texto normativo final.
La reforma impugnada tenía como objeto principal rebajar el quórum exigido para la designación de los máximos responsables de la televisión pública madrileña. Este cambio normativo buscaba desbloquear los nombramientos sin necesidad de recabar el apoyo de los grupos de la izquierda, facilitando así la elección de los cargos directivos mediante una mayoría menos exigente.
En cuanto al alcance del fallo, el Tribunal Constitucional ha declarado la nulidad de los acuerdos de la Mesa y del Pleno referidos al procedimiento de tramitación. No obstante, la sentencia aclara que no procede realizar un pronunciamiento sobre la constitucionalidad material de la ley aprobada ni sobre el Reglamento de la Cámara, dado que este último ya ha sido modificado con posterioridad por la propia Asamblea de Madrid.
Esta es la segunda ocasión en la que el Tribunal Constitucional se pronuncia en términos similares respecto a la gestión legislativa de Telemadrid. El pasado mes de marzo, el tribunal ya anuló la tramitación por lectura única de la reforma de 2021, que supuso el relevo de la antigua dirección de la televisión autonómica, reiterando que la celeridad parlamentaria no puede justificar la supresión de las facultades de enmienda de los legisladores.
Con este nuevo fallo, se consolida la doctrina constitucional que limita el uso de los procedimientos de urgencia y lectura única en las cámaras autonómicas, reforzando la protección del debate parlamentario y las garantías de las minorías frente a la exclusión de los cauces ordinarios de participación legislativa.


