El TSJC mantiene en suspenso la amnistía a Jové y Salvadó a la espera de la justicia europea
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha desestimado la aplicación inmediata de la ley de amnistía a los antiguos altos cargos de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC), Josep Maria Jové y Lluís Salvadó. La Sala Civil y Penal ha dictaminado que el proceso debe permanecer suspendido hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resuelva las cuestiones prejudiciales elevadas por el propio tribunal autonómico, al considerar que persisten dudas legales no resueltas por fallos previos.
La resolución judicial responde a la petición de las defensas de los exaltos cargos, quienes solicitaban el sobreseimiento de la causa tras la sentencia del TJUE del pasado 16 de julio que avaló la normativa de amnistía ante las consultas del Tribunal de Cuentas. Sin embargo, los magistrados del TSJC sostienen en su auto que los argumentos esgrimidos por la justicia europea en aquel pronunciamiento no alcanzan a responder a la totalidad de las reservas de adecuación normativa planteadas en este procedimiento penal específico.
Josep Maria Jové y Lluís Salvadó, quienes ocuparon responsabilidades en la Conselleria de Economía durante la etapa de Oriol Junqueras, están procesados por presuntos delitos de malversación, prevaricación y desobediencia relacionados con la organización del referéndum del 1 de octubre de 2017. El tribunal mantiene sus dudas sobre si la ley de amnistía vulnera el derecho comunitario, especialmente en lo referente a la protección de los caudales públicos y la persecución efectiva de la corrupción.
En el auto, la Sala reconoce que la sentencia europea de julio ofrece una serie de consideraciones que podrían resultar transversales, pero subraya que la naturaleza de los procedimientos «difiere radicalmente». Por este motivo, el TSJC ha decidido mantener las cuestiones prejudiciales en los mismos términos en que fueron redactadas, sin perjuicio de que las partes puedan reproducir sus pretensiones ante la propia instancia de Luxemburgo si consideran que existe una correspondencia plena entre los casos.
La posición del tribunal coincide en parte con la línea mantenida por la Fiscalía, que previamente evitó pronunciarse a favor de la amnistía inmediata para los acusados. El Ministerio Público advirtió de que, a pesar de existir puntos comunes entre la causa del Tribunal de Cuentas y el proceso penal en el TSJC, no se advierte una identidad completa que permita obviar el pronunciamiento expreso del TJUE sobre las dudas específicas planteadas por el alto tribunal catalán.
Con esta decisión, el horizonte procesal de Jové y Salvadó queda vinculado a la resolución definitiva de la justicia europea, prolongando la paralización del juicio oral. El TSJC reafirma así su competencia para consultar de forma independiente sobre el encaje de la norma nacional en el marco jurídico de la Unión Europea antes de dictar una resolución definitiva sobre el olvido penal de los encausados.


