lunes, abril 27, 2026
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El TSJCV confirma que no investigará a Mazón por la DANA

El Pleno de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado este lunes la desestimación, por unanimidad, de los recursos de súplica presentados por diversas acusaciones contra la decisión de no investigar al expresidente de la Generalitat, Carlos Mazón, por su gestión durante la DANA del 29 de octubre de 2024. El tribunal ratifica así el auto dictado el pasado 16 de marzo, declarando su incompetencia para abrir una causa penal contra el aforado y ordenando el archivo de las actuaciones.

En la resolución notificada a las partes, los magistrados sostienen que los recurrentes no han aportado argumentos suficientes que demuestren una valoración errónea por parte de la Sala. El TSJCV se alinea con el informe del Ministerio Fiscal al considerar que no existen indicios serios y fundados que vinculen la conducta del entonces jefe del Consell con un presunto delito de homicidio imprudente, ya sea por acción o por omisión, en el marco de la tragedia que provocó 230 víctimas mortales.

El auto judicial fundamenta el rechazo a la investigación en la ausencia de una «posición de garante» por parte del expresidente. Tras analizar la normativa autonómica vigente, la Sala concluye que no se le atribuía un deber jurídico de actuación directa en la gestión técnica de la emergencia. Asimismo, el tribunal descarta la existencia de indicios sólidos sobre una participación activa de Mazón en el envío de los mensajes de alerta a la población civil durante la jornada del desastre.

Respecto a la tutela judicial efectiva reclamada por las acusaciones, el TSJCV aclara que este derecho garantiza una resolución motivada y fundada en derecho, pero no un resultado concreto acorde a las pretensiones de las partes. Los magistrados defienden que el archivo de la causa está debidamente explicado, respondiendo tanto a la inexistencia de un cuadro indiciario de nivel penal como a la imposibilidad de apreciar carácter delictivo en las omisiones atribuidas al responsable político.

Por otro lado, la Sala ha desestimado la solicitud de las acusaciones para retirar la prerrogativa del aforamiento al exjefe del Ejecutivo autonómico. Los magistrados han descartado que se haya producido un «abuso de derecho», subrayando que Carlos Mazón ostenta la condición de diputado desde el inicio de la legislatura en junio de 2023. El tribunal diferencia este caso de otros precedentes donde la condición de parlamentario se adquirió de forma sobrevenida para alterar la competencia judicial justo antes de un juicio.

Esta resolución confirma el criterio derivado de la exposición razonada que elevó en su día la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja. Con este pronunciamiento, el TSJCV cierra la vía para investigar penalmente al expresidente en sede autonómica por los hechos ocurridos durante la catástrofe meteorológica, manteniendo la argumentación jurídica expuesta en sus resoluciones previas.

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