El Partido Popular de Cataluña, en colaboración con el sindicato CSIF, ha impulsado una propuesta normativa ante el Parlamento regional con el objetivo de establecer una prohibición explícita de cualquier tipo de relación emocional, afectiva o sexual entre el personal de prisiones y las personas internas. La iniciativa busca crear un protocolo pionero en España para prevenir y sancionar conductas que, según denuncian las organizaciones laborales, han dejado de ser casos aislados para convertirse en un fenómeno de incidencia creciente en el sistema penitenciario autonómico.
La propuesta legislativa pretende calificar formalmente el mantenimiento de estas relaciones como una infracción «grave o muy grave» dentro del régimen disciplinario. El texto presentado por los diputados populares argumenta que estas situaciones no pertenecen exclusivamente al ámbito privado, sino que constituyen una vulneración de la seguridad institucional. Según la exposición de motivos, estos vínculos abren la puerta a manipulaciones, tráfico de objetos prohibidos —como teléfonos móviles o sustancias— y generan situaciones de descontrol que comprometen el funcionamiento de los centros.
En la actualidad, la legislación vigente no contempla una prohibición literal para este tipo de interacciones. Los incidentes detectados se tramitan mediante expedientes disciplinarios por incumplimiento de deberes profesionales, que a menudo se resuelven con el traslado de una de las partes a otro centro. El sindicato CSIF advierte de que la falta de un marco normativo nítido permite la reincidencia, afectando a diversos colectivos profesionales, desde el personal de vigilancia y sanitario hasta docentes y personal laboral de tratamiento.
El documento técnico que acompaña a la propuesta subraya que lo que inicialmente puede parecer una relación consentida deriva habitualmente en una dinámica de explotación. En estos escenarios, el interno puede ejercer presión sobre el trabajador para obtener beneficios penitenciarios o introducir elementos prohibidos en el recinto. Asimismo, desde la asociación Sicap-Fepol se ha cuestionado el grado de libertad real que posee una persona privada de libertad para consentir este tipo de vínculos dentro de una estructura jerárquica y de custodia.
Para reforzar la necesidad de este cambio legal, los promotores de la norma aluden a precedentes de gravedad que han trascendido el ámbito administrativo para entrar en la vía penal. Entre los casos citados destacan huidas de internos facilitadas por personal del centro, la participación de trabajadores en actividades delictivas tras la fuga de reclusos y el quebrantamiento de protocolos en unidades de salud mental o en el seguimiento de internos bajo vigilancia por radicalización.
La iniciativa también propone la implementación de un «código institucional» que facilite la detección temprana de estas conductas y establezca la suspensión cautelar de funciones de forma inmediata tras la apertura de un expediente. Con este protocolo, Cataluña se alinearía con las normativas de «tolerancia cero» ya vigentes en otros países europeos como Francia, Alemania, Suecia, Países Bajos y el Reino Unido, donde estas prácticas conllevan la expulsión inmediata del puesto de trabajo por motivos de seguridad nacional y ética profesional.


