domingo, agosto 9, 2026
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Expulsado de España un marroquí tras allanar una casa en Ceuta

Un juzgado de Ceuta ordena la expulsión inmediata de un hombre por allanamiento de morada

Un juzgado de Ceuta ha dictado este sábado una sentencia de conformidad que decreta la expulsión inmediata del territorio nacional de un ciudadano de nacionalidad marroquí por un delito de allanamiento de morada. El condenado fue arrestado el pasado viernes tras acceder de forma ilícita a una vivienda situada en el centro de la ciudad autónoma, donde fue sorprendido por los residentes.

La resolución judicial establece una pena de dos años de prisión, la cual ha sido sustituida por la expulsión de España y la prohibición de entrada en el país durante un periodo de cinco años. Asimismo, el magistrado ha impuesto una orden de alejamiento y la prohibición de comunicación por un lustro respecto a la víctima principal, quien se encontraba en el interior del inmueble en el momento de los hechos.

Según consta en las diligencias judiciales, el incidente se produjo a primera hora del viernes. El individuo accedió a un quinto piso a través del balcón y se introdujo en una de las habitaciones mientras la moradora dormía. Los gritos de la mujer al percatarse de la presencia del intruso en su cama alertaron al resto de los familiares, lo que provocó la huida del condenado por la misma vía por la que había entrado.

Fuentes jurídicas han confirmado que el procesado contaba con antecedentes penales previos en España, incluyendo tres condenas por delitos de agresión sexual. Además, pesaba sobre él una orden administrativa de expulsión dictada anteriormente por un juzgado de Valencia que no se había ejecutado hasta la fecha.

La detención fue practicada por agentes de la Policía Nacional poco después del suceso en las inmediaciones del Paseo de las Palmeras. Gracias a la rápida identificación del sospechoso y la correspondiente denuncia de la familia afectada, el procedimiento pudo resolverse mediante un juicio rápido en menos de 24 horas tras su puesta a disposición judicial.

Este fallo representa la primera condena de este tipo vinculada a las personas que accedieron a la ciudad autónoma durante el incremento de entradas registrado el pasado 30 de julio. El cumplimiento de la pena se hará efectivo de manera inminente conforme a lo estipulado en la Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

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