El Ministerio de Agricultura inicia el trámite para regular la comercialización del aceite de oliva en la campaña 2026/27
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha dado comienzo al trámite de audiencia pública del proyecto de orden ministerial que definirá las normas de comercialización para el sector del aceite de oliva durante la campaña 2026/2027. La iniciativa tiene como propósito fundamental establecer mecanismos preventivos que aseguren la estabilidad y el correcto funcionamiento del mercado ante posibles escenarios de sobreproducción.
Esta medida se fundamenta en el marco legal vigente, concretamente en el artículo 167 bis del Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo. Dicha normativa comunitaria faculta a los Estados miembros para implementar normas específicas de comercialización orientadas a equilibrar la oferta. En el ámbito nacional, el Real Decreto 84/2021 desarrolla esta potestad, permitiendo la activación de estas reglas cuando las condiciones del mercado lo justifiquen y tras consultar con las comunidades autónomas y las organizaciones sectoriales.
Criterios de activación y retirada de producto
El proyecto normativo establece un criterio técnico objetivo para la intervención: la retirada obligatoria de aceite de oliva se activará únicamente cuando la suma de las existencias iniciales y las estimaciones de producción alcancen o superen el 120% del nivel medio registrado en las seis campañas anteriores. Este umbral busca proteger la cadena de valor ante una oferta excesiva que pudiera comprometer la rentabilidad del sector.
En caso de alcanzarse dicho porcentaje, la norma prevé la inmovilización de una parte proporcional de la producción en todas las categorías de aceite de oliva. Las entidades encargadas de ejecutar esta retirada serán las almazaras productoras, quienes deberán ajustar su salida al mercado según el porcentaje que se determine reglamentariamente sobre el total de la producción obtenida.
Seguimiento y ejecución administrativa
A pesar de que la medida se proyecta para la campaña 2026/2027, el Ministerio ha considerado necesario anticipar el diseño de la norma ante las previsiones de producciones elevadas a medio plazo. La decisión final sobre la aplicación efectiva de la retirada recaerá en la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, que emitirá la resolución correspondiente una vez se consoliden los datos oficiales de existencias y cosechas.
Con la apertura de este proceso de audiencia pública, los agentes interesados y las organizaciones representativas del sector podrán presentar sus alegaciones y contribuciones técnicas. Este procedimiento garantiza que la regulación final cuente con el consenso y la seguridad jurídica necesarios para un sector estratégico de la economía agroalimentaria española.


