La Justicia condena a Eduardo Inda a rectificar una información sobre el presidente de Facua
La Sección Civil del Tribunal de Instancia de Sevilla ha condenado al periodista Eduardo Inda y al medio digital OkDiario por la publicación de una noticia que vinculaba al presidente de la asociación de consumidores Facua, Rubén Sánchez, con una supuesta red de acoso. La sentencia judicial obliga al medio a publicar una rectificación y a difundirla en sus canales de redes sociales, tras constatar que la información difundida carecía de respaldo en el atestado de la Guardia Civil citado en el texto original.
El fallo emitido por el magistrado Alejandro Surián Llano estipula que el diario debe publicar literalmente que «La Guardia Civil NO dice que don RUBÉN SÁNCHEZ GARCÍA es miembro de una red de acoso». El litigio tiene su origen en una información publicada en abril de 2026, bajo un titular que aseguraba la implicación del dirigente de Facua en actividades ilícitas de hostigamiento, lo que motivó la demanda de rectificación por parte del afectado.
En los fundamentos de la sentencia, el juez subraya la existencia de una «discordancia esencial» entre la afirmación categórica del titular y el contenido del cuerpo de la noticia. El magistrado señala que, mientras el encabezado presentaba la acusación como un hecho probado por las fuerzas de seguridad, el texto interior reconocía expresamente que no se habían encontrado indicios que relacionaran directamente a Sánchez con la investigación en curso.
La resolución judicial desestima las alegaciones de la parte demandada, que sostenía haber cumplido con el rigor informativo al recoger la versión del afectado. Según el criterio del juez, la postura del presidente de Facua fue incluida de forma «parcial», lo que no invalida el derecho a la rectificación ante una información inexacta. No obstante, el tribunal ha limitado el texto de réplica solicitado inicialmente por el demandante, excluyendo detalles técnicos sobre el atestado policial que exceden el ámbito de este procedimiento.
Además de la orden de publicación del desmentido, la sentencia impone el pago íntegro de las costas procesales a la empresa editora Dos Mil Palabras S.L. y a Eduardo Inda. El fallo no es firme y contra él cabe la interposición de un recurso de apelación ante la instancia superior.


