El Gobierno remite al Congreso la nueva ley antitabaco que prohíbe fumar en terrazas, playas y piscinas
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, en segunda vuelta, el anteproyecto de ley que reforma la legislación vigente sobre el tabaco para equiparar legalmente los cigarrillos electrónicos y vapeadores al tabaco convencional. La nueva normativa, que inicia ahora su tramitación parlamentaria en el Congreso de los Diputados, amplía significativamente los espacios libres de humo, prohibiendo el consumo en terrazas de hostelería, playas, piscinas de uso colectivo y marquesinas de transporte público.
La ministra de Sanidad, Mónica García, ha detallado tras la reunión del gabinete que la reforma busca adaptar la ley de 2005 a los nuevos patrones de consumo y reforzar la protección de la salud pública, especialmente entre la infancia y la adolescencia. Según los datos facilitados por el Ejecutivo, el tabaquismo provoca 50.000 muertes anuales en España, por lo que la norma aspira a sentar las bases de una futura generación «libre de tabaco».
La futura ley igualará las restricciones del tabaco tradicional a los nuevos productos, incluyendo cigarrillos electrónicos, bolsitas de nicotina, productos a base de hierbas como las cachimbas y cualquier dispositivo que imite el acto de fumar. En este sentido, la venta y suministro de estos artículos quedará restringida exclusivamente a establecimientos especializados que deberán cumplir con requisitos técnicos específicos.
Entre las novedades más destacadas se encuentra la extensión de los espacios sin humo a ámbitos de ocio y transporte. Una vez aprobada la reforma, no se podrá fumar ni vapear en terrazas de bares y restaurantes, instalaciones deportivas, parques nacionales, campus universitarios, andenes, pasillos de transporte urbano y en un radio de 15 metros de los accesos a edificios públicos, centros sanitarios, sociales y educativos.
En cuanto a la protección de menores, el texto introduce la prohibición expresa del consumo para los menores de 18 años, y no solo la prohibición de venta o suministro. Esta medida responde al incremento del uso de dispositivos electrónicos entre jóvenes de 14 a 18 años, que ha crecido del 14,9 % en 2019 al 27,1 % en 2025. Las infracciones por parte de menores conllevarán sanciones para sus progenitores a partir de 200 euros, que podrán ser sustituidas por trabajos en beneficio de la comunidad.
La normativa también endurece las restricciones publicitarias. Se prohíbe la exhibición de cartelería visible desde el exterior en estancos y tiendas especializadas, así como la promoción de estos productos en cualquier medio o soporte, incluido internet. En el ámbito audiovisual, no se podrán emitir imágenes de presentadores, colaboradores o invitados consumiendo o mostrando productos del tabaco o sus derivados.
Finalmente, el anteproyecto actualiza el régimen sancionador, con multas que podrán alcanzar los 600.000 euros en los casos más graves. Asimismo, se recupera el Observatorio para la Prevención del Tabaquismo, órgano suprimido en 2014, que se encargará del seguimiento de las políticas públicas y la fijación de objetivos para la reducción del consumo en la población española.


