Fiscalía y acusaciones solicitan ocho años de prisión para Julio de España por presunta agresión sexual
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante ha dejado este lunes visto para sentencia el juicio contra el expresidente de las Cortes valencianas y de la Diputación de Alicante, Julio de España. El Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares han ratificado su petición de ocho años de prisión para el encausado, a quien atribuyen un delito de agresión sexual y dos de trato degradante cometidos presuntamente en su condición de médico especialista en aparato digestivo.
Durante la exposición de los informes finales, las acusaciones han coincidido en señalar que las actuaciones del procesado con dos de sus pacientes no constituyeron actos médicos legítimos, sino que respondieron a un ánimo libidinoso. Según el relato de las letradas de las víctimas, el acusado habría realizado maniobras innecesarias bajo la apariencia de una exploración facultativa para, en sus palabras, dar curso a impulsos sexuales. Además de la pena privativa de libertad, se ha solicitado la inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, medidas de libertad vigilada e indemnizaciones económicas por los daños causados.
En el desglose de los hechos, una de las abogadas de la acusación ha denunciado que el expolítico llegó a dirigirse a una de las pacientes en términos vejatorios durante la exploración. Por su parte, la representación de la segunda víctima ha incidido en que su patrocinada acudió a la consulta por una intolerancia alimentaria y fue sometida a un tacto rectal y a tocamientos vaginales sin haber prestado su consentimiento para tales procedimientos.
La defensa de Julio de España ha solicitado la libre absolución, basando su argumentación en la corrección de los protocolos seguidos. La abogada defensora ha presentado tres informes periciales que avalan el tacto rectal como una técnica vigente, inocua y eficaz dentro de la práctica médica habitual. Asimismo, ha sostenido que la legislación vigente no requiere un consentimiento informado por escrito para exploraciones de carácter básico, siendo suficiente la aceptación verbal del paciente.
Finalmente, la representación legal del expresidente de las Cortes valencianas ha cuestionado la veracidad de los testimonios de las denunciantes, argumentando que no se produjeron denuncias inmediatas ni se mostraron signos de estrés o incomodidad manifiesta durante las citas médicas. Tras la conclusión de las intervenciones de las partes, el tribunal ha dado por finalizada la vista oral, quedando el proceso pendiente de la correspondiente resolución judicial.


