viernes, julio 24, 2026
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Sanción al juez Peinado se complica por la Audiencia de Madrid

El CGPJ aplaza la resolución sobre la posible sanción al juez Peinado ante las limitaciones del régimen disciplinario vigente

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha optado por postergar la decisión definitiva sobre una posible sanción al magistrado Juan Carlos Peinado, titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid. El órgano de gobierno de los jueces analiza si las argumentaciones vertidas por el instructor en el auto donde retiró el pasaporte a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, son constitutivas de una falta disciplinaria bajo el marco legal actual.

La controversia técnica reside en la dificultad de encajar la actuación del magistrado en el catálogo de faltas recogido en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Según fuentes judiciales de solvencia, el reglamento disciplinario cuenta con más de tres décadas de antigüedad, lo que genera una brecha entre las actuaciones que la opinión pública considera reprochables y aquellas que legalmente pueden ser sancionadas por el Promotor de la Acción Disciplinaria.

El núcleo de la investigación se centra en los argumentos utilizados por Peinado para justificar el riesgo de fuga, en los que sugería que los escoltas oficiales de la investigada podrían facilitar su salida del país. Mientras que la Comisión Permanente valoró inicialmente una posible falta de «desconsideración», la denuncia presentada por el Sindicato Unificado de Policía (SUP) se acoge al tipo disciplinario de empleo de «expresiones inadecuadas» en una resolución judicial.

Sin embargo, la aplicación de este último supuesto requiere un requisito procesal previo: la existencia de una corrección por parte de un órgano superior. Aunque la Audiencia Provincial de Madrid ya ha revocado la medida cautelar de retirada de pasaporte al considerarla insuficientemente motivada, el tribunal superior no incluyó en su resolución calificativos como «vejatorios» o «incoherentes» que habilitarían de forma directa la vía sancionadora por expresiones inadecuadas.

Hasta la fecha, el Promotor de la Acción Disciplinaria ha propuesto el archivo de las cinco quejas que afectan al juez Peinado. No obstante, en relación con una denuncia presentada por el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, la Comisión Permanente ha solicitado que se continúe con la investigación antes de adoptar una determinación final, haciendo uso de sus facultades de supervisión.

Desde sectores del CGPJ se insiste en que las decisiones adoptadas se ajustan estrictamente al marco normativo y no a motivaciones corporativistas o políticas. Se subraya la necesidad de una actualización de la normativa disciplinaria, señalando que la falta de regulación en ámbitos contemporáneos, como la actividad de los jueces en redes sociales o nuevos contextos de instrucción, dificulta la labor del órgano de gobierno para responder a las demandas de responsabilidad que reclama la sociedad.

Este aplazamiento se produce en un contexto de elevada tensión institucional, donde el debate sobre el uso del sistema judicial con fines políticos —conocido como lawfare— ha ganado espacio en el discurso público, aumentando la presión sobre la neutralidad y eficacia de los mecanismos de control interno de la judicatura española.

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