jueves, septiembre 17, 2026
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Sevilla archiva el caso Sandra Peña contra el colegio

La Audiencia de Sevilla confirma el archivo de la querella contra el colegio de la menor Sandra Peña

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha ratificado el sobreseimiento de la querella interpuesta por los progenitores de Sandra Peña, la menor que se quitó la vida tras sufrir presunto acoso escolar, contra los responsables del centro educativo Irlandesas de Loreto. El tribunal desestima así el recurso de apelación y confirma la resolución previa dictada el pasado mes de mayo por el Juzgado de Instrucción número 7 de la capital hispalense.

La resolución judicial subraya la «falta de causalidad» entre la conducta de los directivos del centro y el fallecimiento de la joven. Según los magistrados, no ha quedado acreditada una relación directa entre las supuestas omisiones de la comunidad educativa y el desenlace final, coincidiendo con el criterio del instructor sobre la imposibilidad de prever el fatal suceso y la falta de responsabilidad penal de los docentes en este contexto.

En el auto original, el magistrado instructor determinó que el colegio y sus responsables adoptaron medidas para combatir la situación de acoso detectada. Asimismo, el tribunal ha recordado que el hecho ocurrió fuera del recinto escolar, precisando que el deber «in vigilando» de los educadores no puede extenderse al domicilio privado de la alumna, ya que la capacidad de supervisión del centro termina al finalizar la jornada y fuera de sus instalaciones.

La querella, ahora archivada, se dirigía específicamente contra el director del centro, la jefa de estudios y la tutora de la menor. Los padres de la víctima imputaban a estos profesionales la presunta comisión de delitos de homicidio por imprudencia, lesiones psíquicas y trato degradante, alegando que la institución no habría actuado de forma diligente ante el hostigamiento que presuntamente sufría la menor.

Con este pronunciamiento de la Audiencia Provincial de Sevilla, se cierra el procedimiento penal contra los responsables de las Irlandesas de Loreto. El tribunal concluye que, si bien existía una situación de conflicto, no era exigible a los docentes un control absoluto y permanente de la vida privada de la menor para evitar un acto que, según consta en la causa, no era previsible para el entorno educativo en aquel momento.

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