El Tribunal Supremo admite el recurso de la Comunidad de Madrid contra el Plan Estatal de Vivienda
El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Gobierno de la Comunidad de Madrid contra el Plan Estatal de Vivienda. La Administración regional fundamenta su impugnación en la presunta vulneración de las competencias autonómicas exclusivas en esta materia, así como en la limitación de su capacidad de gestión y ejecución de las políticas públicas de vivienda.
El consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la región, Jorge Rodrigo, ha calificado la decisión judicial como un avance para garantizar la seguridad jurídica y el orden en la distribución de competencias. Según el Ejecutivo madrileño, la normativa estatal intenta implementar medidas que restringen la autonomía de las comunidades para diseñar y aplicar sus propios programas de vivienda.
El recurso, elaborado por la Abogacía General de la Comunidad de Madrid, señala que diversos puntos del plan estatal contienen medidas que ya han sido cuestionadas o declaradas inconstitucionales por el Tribunal Constitucional. Entre estas disposiciones se destaca la exigencia de protección permanente de la vivienda pública, un requisito que, a juicio de la administración regional, excede las atribuciones del Estado y genera un conflicto normativo.
Asimismo, la demanda subraya que el Plan Estatal de Vivienda impone nuevas obligaciones financieras a las comunidades autónomas para el desarrollo de los proyectos previstos. Desde el Gobierno de Madrid se sostiene que esta carga económica adicional, sumada a la rigidez del programa nacional, reduce la capacidad de adaptación de las políticas habitacionales a las necesidades demográficas y sociales específicas de la región.
Con la admisión de este recurso, el Alto Tribunal deberá entrar a valorar si el Ejecutivo central ha invadido las competencias regionales consagradas en la Constitución Española y en los estatutos de autonomía. El proceso judicial se centrará en determinar si las directrices estatales respetan el margen de actuación de las administraciones territoriales en la gestión del parque público y la promoción de vivienda.


