El Tribunal Supremo ha acordado la suspensión cautelar de los efectos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) para los ciudadanos que obtuvieron la nacionalidad española a través de la disposición adicional de la Ley de Memoria Democrática, conocida como «ley de nietos», sin acreditar la condición de descendientes de exiliados. La decisión del Alto Tribunal responde a los recursos presentados por la organización Iustitia Europa y el partido político Vox, paralizando la capacidad de sufragio de estos inscritos de cara a los próximos procesos electorales.
La resolución judicial incide directamente sobre la instrucción dictada por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, la cual amplió el acceso a la nacionalidad a los descendientes de cualquier ciudadano que abandonara España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955. Con esta medida cautelar, el Supremo suspende la aplicación de la presunción de exilio establecida en dicha instrucción, exigiendo que los consulados certifiquen de forma individualizada el exilio real de los ascendientes para que los beneficiarios puedan ejercer su derecho al voto.
Los magistrados han fundamentado su decisión en el principio jurídico «periculum in mora» o peligro por la demora. El tribunal considera que, dado el volumen de nuevas inscripciones, permitir el ejercicio del voto a este colectivo antes de que exista una sentencia firme sobre el fondo del asunto podría causar un perjuicio irreparable a la integridad del proceso electoral. La medida no solo afecta a quienes ya figuran en el censo, sino que también paraliza las nuevas altas administrativas bajo esta modalidad, salvo en los casos de exilio debidamente documentado.
Los datos técnicos aportados en el proceso reflejan un incremento histórico en el censo de residentes en el extranjero. A fecha de 1 de julio de 2026, el CERA alcanzó los 2.736.522 electores, lo que representa un aumento de 408.262 personas respecto a las elecciones generales de 2023. Este crecimiento ha elevado el peso del voto exterior hasta el 7,11% del censo total, con una incidencia especialmente significativa en provincias como Madrid, con 115.572 nuevos inscritos, y Barcelona, con 43.439, además de registrarse 162 municipios donde el número de electores en el extranjero ya supera al de residentes en España.
Tras conocerse la decisión, el Gobierno, a través del ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, ha solicitado al Tribunal Supremo que resuelva el fondo de la cuestión con la mayor brevedad posible. Bolaños ha calificado la medida de «enorme trascendencia» al considerar que priva temporalmente de un derecho fundamental a miles de ciudadanos españoles. Por su parte, las formaciones recurrentes han manifestado su satisfacción con el auto, al que consideran un hito necesario para garantizar la transparencia y la seguridad jurídica de la representación parlamentaria en las circunscripciones afectadas.


