La defensa de Begoña Gómez aporta un informe pericial que justifica el uso de asesores por precedentes históricos
La representación legal de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, ha presentado ante el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid un informe técnico que defiende la legalidad y necesidad de que el cónyuge del jefe del Ejecutivo cuente con personal de apoyo. El documento, elaborado por el catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense, Julio Víctor González García, sostiene que esta práctica responde a una costumbre institucional consolidada en el Complejo de La Moncloa durante los últimos 49 años.
El informe ha sido remitido al juez instructor Juan Carlos Peinado, quien investiga a Gómez y a su asesora, Cristina Álvarez, por presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación y apropiación indebida. El análisis pericial argumenta que el actuar común de las distintas administraciones desde 1977 ha configurado un modelo en el que el personal de la Presidencia asiste de manera directa a la familia del presidente, atendiendo tanto a necesidades institucionales como profesionales derivadas de su posición.
Según el catedrático González García, aunque el cónyuge del presidente no es un cargo electo ni posee una figura pública regulada de forma estricta, la sociedad y el Estado esperan de esta persona el desempeño de un papel institucional. El informe subraya que este rol implica una «limitación de su autonomía y desarrollo personal», lo que justifica el uso de recursos públicos asignados a la Presidencia para gestionar, entre otros asuntos, la correspondencia ciudadana y la agenda oficial en el recinto que sirve simultáneamente como sede del Gobierno y residencia familiar.
El documento realiza un recorrido histórico por las distintas legislaturas para demostrar la «aceptación social» de estos equipos de asistencia. Entre los ejemplos citados, se menciona la utilización de personal eventual para la organización de eventos privados en etapas anteriores, como la boda de la hija de José María Aznar, o el apoyo en campañas electorales locales. También destaca casos de secretarías personales basadas en relaciones de confianza previa en las etapas de Mariano Rajoy y José Luis Rodríguez Zapatero, equiparando estas situaciones a la estructura actual.
La pericia concluye que la ausencia de una regulación específica en sentido contrario y la persistencia de esta organización administrativa desde la transición permiten invocar los principios de «buena fe, confianza legítima y lealtad institucional». Bajo esta premisa, la defensa argumenta que la disposición de asesores para Begoña Gómez se ajusta a la normalidad administrativa observada por sus antecesoras en el Palacio de La Moncloa, descartando así la existencia de irregularidades en la asignación de personal eventual.
Finalmente, el informe aclara que el cónyuge del presidente carece de capacidad de gasto propio y no administra recursos públicos de forma autónoma, sino que utiliza los medios ya integrados en la estructura de la Presidencia del Gobierno. Este argumento busca contrarrestar las acusaciones de malversación, incidiendo en que la asistencia técnica es una extensión de los servicios prestados a la jefatura del Ejecutivo y su núcleo familiar directo.


