lunes, junio 29, 2026
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Justicia archiva causa por lona de Sánchez «corrupto»

La Audiencia de Madrid confirma el archivo de la causa contra Hazte Oír por la lona sobre Pedro Sánchez

La Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado el sobreseimiento de la causa abierta contra la organización Hazte Oír por la instalación de una lona publicitaria en las inmediaciones del Congreso de los Diputados. El tribunal desestima así los recursos presentados por la representación procesal del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y del PSOE, confirmando que los hechos no son constitutivos de infracción penal.

En el auto judicial, los magistrados confirman la decisión adoptada el pasado mes de febrero por el juzgado de instrucción, que ya había decretado el archivo de las actuaciones. La resolución judicial considera que la colocación del cartel, donde aparecía la imagen del jefe del Ejecutivo junto al término «corrupto», carece de la relevancia penal necesaria para ser calificada como un delito de injurias o calumnias.

El tribunal fundamenta su decisión en la prevalencia de los derechos a la libertad de expresión y de información, a los que define como elementos «esenciales para la formación de la opinión pública en toda sociedad». Según el razonamiento jurídico de la Audiencia, el marco constitucional ampara la difusión de críticas hacia los responsables políticos, incluso cuando estas se expresan de forma severa o mediante términos que puedan resultar ofensivos.

Los magistrados precisan que, aunque la palabra «corrupto» dirigida al presidente del Gobierno podría constituir un insulto grave si se analizara de forma aislada, en este supuesto concreto debe valorarse el contexto. El tribunal señala que la expresión se asocia a la existencia de procedimientos judiciales abiertos que afectan al entorno del presidente, lo que encuadra la acción en el ámbito de la crítica política y no en una voluntad de injuriar con fines puramente vejatorios.

Con este pronunciamiento, la justicia cierra la vía penal respecto a esta campaña publicitaria, subrayando que la libertad de expresión protege la manifestación de opiniones sobre asuntos de interés general y sobre figuras públicas que, por su cargo, están sometidas a un mayor grado de escrutinio y crítica por parte de la ciudadanía y las organizaciones sociales.

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