El Gobierno habilita el acceso a la sanidad pública para los españoles residentes en el extranjero sin cotización previa
El Ejecutivo ha formalizado una vía excepcional para que los ciudadanos españoles de origen residentes en el extranjero, incluyendo a quienes han obtenido la nacionalidad mediante la Ley de Memoria Democrática o «ley de nietos», accedan al Sistema Nacional de Salud (SNS). Según el nuevo marco normativo, estas personas podrán recibir asistencia sanitaria pública durante sus estancias temporales en España, incluso si nunca han residido ni cotizado en el país, siempre que carezcan de cobertura por otra vía.
La medida ha quedado regulada a través del Real Decreto 180/2026, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Aunque el texto principal se centra en la asistencia a extranjeros sin residencia legal, su disposición final primera modifica el artículo 26 del Real Decreto 8/2008. Esta reforma amplía un derecho que hasta ahora estaba reservado exclusivamente a pensionistas y trabajadores españoles de origen, incorporando ahora a aquellos que no ejercen actividad laboral en el exterior.
El acceso a la cobertura está condicionado a la condición de «español de origen». La conexión jurídica se establece a través de la Instrucción de Justicia de 2022, que determina que los nacionalizados bajo la Ley de Memoria Democrática adquieren dicha condición. De este modo, este colectivo puede solicitar el reconocimiento del derecho ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) acreditando su identidad, su inscripción en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE) y certificando que no pueden exportar cobertura sanitaria desde su país de residencia.
La prestación sanitaria reconocida tiene una duración máxima de tres meses, prorrogables por otros tres, sin exceder los seis meses dentro de un año natural. El derecho se hace extensible al cónyuge o pareja de hecho y a los descendientes a cargo menores de 26 años (o mayores con discapacidad igual o superior al 65%) que acompañen al titular en su desplazamiento a territorio español.
Un aspecto relevante de esta modificación reglamentaria es la omisión de las salvaguardas contra el denominado «turismo sanitario». A diferencia del Proyecto de Ley de Universalidad del Sistema Nacional de Salud, actualmente en trámite en el Congreso de los Diputados, el real decreto vigente no exige que la asistencia sea por una patología surgida durante la estancia, ni incluye la cláusula que impide que el motivo del desplazamiento sea la propia obtención de tratamiento médico con cargo a fondos públicos.
Esta apertura de la cobertura se produce en un contexto de máxima exigencia para el sistema público. Los últimos datos del Ministerio de Sanidad, correspondientes al cierre de 2025, sitúan las listas de espera quirúrgica en máximos históricos, con 853.509 pacientes pendientes de una intervención y una demora media de 121 días. Por su parte, el volumen de potenciales beneficiarios es significativo: hasta mayo de 2026, se han formalizado más de 333.000 inscripciones de nacionalidad bajo la ley de nietos, de un total de 1,2 millones de solicitudes presentadas.
A pesar de que el proyecto de ley que se debate en las Cortes Generales podría introducir limitaciones adicionales en el futuro, la normativa aplicada actualmente por el INSS es la recogida en el decreto, que permite el acceso efectivo a la red sanitaria pública sin los filtros de residencia o cotización previa que rigen para la población general.


