El Gobierno vasco concede el régimen de semilibertad al interno de ETA Iurgi Garitagoitia
El Departamento de Justicia del Gobierno vasco ha aprobado la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario para el interno Iurgi Garitagoitia, miembro de la organización terrorista ETA. Esta medida de flexibilidad permitirá al recluso, condenado por múltiples causas, salir de la prisión de Gipuzkoa durante el día para realizar actividades externas, manteniendo su clasificación en segundo grado y la obligación de pernoctar en el centro penitenciario.
La decisión se fundamenta en una propuesta técnica elaborada por los profesionales del centro penitenciario guipuzcoano. Según el informe institucional, Garitagoitia ha mostrado una evolución positiva en su comportamiento y ha realizado una reflexión personal sobre sus actos, requisito exigido por la legislación vigente para acceder a este tipo de beneficios penitenciarios. El programa diseñado para el interno incluye actividades de trabajo o voluntariado que, según la administración, servirán para acreditar su capacidad de reinserción social.
Historial delictivo y condenas
Iurgi Garitagoitia acumula condenas que suman cientos de años de prisión por diversos atentados y acciones terroristas. Entre las causas más destacadas se encuentra su participación en el asesinato del empresario Ignacio Uria en 2008, por la que fue sentenciado a 44 años de cárcel. Asimismo, cuenta con una condena de 389 años por un atentado con explosivos contra la Ertzaintza en Hernani y otra de 26 años por la colocación de un coche bomba en la Universidad de Navarra. A estas penas se suman 15 años impuestos en Francia por herir a un gendarme.
A pesar de la aplicación del artículo 100.2, el recluso continuará cumpliendo su condena de forma efectiva hasta alcanzar el límite máximo fijado en su liquidación de penas. La flexibilidad otorgada busca testar el desempeño del interno en el exterior como paso previo a futuras decisiones sobre su progresión de grado.
Procedimiento legal y ejecución
La resolución del Gobierno vasco tiene efectos inmediatos, tal como establece la normativa penitenciaria actual. No obstante, la medida debe ser ratificada por el Juez Central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional. El proceso judicial incluye el traslado del expediente al Ministerio Fiscal para que emita el informe correspondiente antes de la decisión definitiva del magistrado.
Esta medida se enmarca dentro de las competencias de gestión de centros penitenciarios transferidas a la comunidad autónoma, bajo la supervisión de los órganos judiciales centrales que mantienen la tutela sobre los casos de terrorismo.


