lunes, mayo 25, 2026
InicioEspañaTSJA confirma archivo de querella de Landaluce contra Arrabal

TSJA confirma archivo de querella de Landaluce contra Arrabal

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado el archivo de la querella por presuntas calumnias interpuesta por el alcalde de Algeciras, José Ignacio Landaluce, contra la secretaria general del PSOE en la localidad y diputada autonómica, Rocío Arrabal. Con esta resolución, el tribunal desestima el recurso de súplica presentado por el regidor y confirma que las declaraciones de la responsable socialista no constituyen un ilícito penal.

El auto judicial, que consolida la decisión inicial de marzo, sostiene que las manifestaciones de Arrabal se enmarcan dentro del ejercicio de la crítica política. La controversia se originó el pasado mes de enero, cuando la dirigente del PSOE aludió a supuestos casos de acoso sexual atribuidos al alcalde tras la difusión de unas conversaciones de mensajería instantánea por parte de terceros, calificando al regidor como «supuesto acosador» y solicitando su dimisión.

La defensa de Landaluce argumentó que las afirmaciones de Arrabal carecían de base indiciaria y suponían un «temerario desprecio a la verdad», apoyándose en un decreto previo de la Fiscalía del Tribunal Supremo que había cerrado una investigación contra su persona. No obstante, los magistrados del TSJA consideran este argumento «inatendible», aclarando que el archivo del Supremo se debió a la falta de denuncia de las supuestas perjudicadas y a la carencia de principios de prueba suficientes para el Ministerio Fiscal, no a una acreditada inverosimilitud de lo denunciado.

En su fundamentación, la Sala advierte que «criminalizar la labor de oposición bajo la carcasa del delito de calumnias» supondría una «inasumible restricción de la libertad de expresión en el contexto del debate político». El tribunal subraya que el uso de la vía penal contra las denuncias públicas sobre autoridades debe reservarse exclusivamente a casos donde exista una conciencia clara de que las fuentes carecen de toda credibilidad o verosimilitud.

Asimismo, los jueces consideran irrelevante el desmentido público de algunas de las personas implicadas en las filtraciones originales. Según el auto, el hecho de que la querellada reaccionara a documentos y publicaciones previas que juzgó indiciarios diferencia su conducta de una «imputación mendaz a sabiendas», ya que no creó el relato de forma originaria, sino que se posicionó ante datos ya existentes en el espacio público.

Finalmente, el TSJA concluye que no existen motivos para reconsiderar el archivo de las actuaciones, manteniendo íntegramente los razonamientos expuestos en la instancia anterior. La resolución judicial establece que el debate sobre la consistencia de las fuentes debe dirimirse en la arena política y no en la penal, siempre que no se demuestre una voluntad deliberada de imputar hechos falsos con conocimiento de su inexistencia.

RELATED ARTICLES

Most Popular

Recent Comments