miércoles, mayo 13, 2026
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FAPE condena a Antonio Maestre por insultos al exilio

La Comisión de Deontología dictamina que Antonio Maestre vulneró el código ético periodístico

La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo ha resuelto que el periodista Antonio Maestre, colaborador de La Sexta, infringió los principios del Código Deontológico de la profesión con la publicación de su artículo titulado «La gusanera fascista venezolana en España». Según el organismo, vinculado a la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE), el autor incurrió en el uso de expresiones vejatorias y alusiones despectivas hacia la comunidad venezolana residente en el país.

La resolución se produce tras el análisis de una reclamación que denunciaba el empleo de términos despectivos y generalizadores hacia un colectivo identificado. En el texto, publicado el pasado 7 de enero en la sección «El Muro» de laSexta.com, se utilizaron calificativos como «gusanera fascista venezolana», «caterva de parásitos» y «escoria desagradecida», elementos que la Comisión considera contrarios al buen hacer periodístico.

El dictamen de la FAPE señala que el artículo de Maestre contiene valoraciones que «normalizan el señalamiento del colectivo», lo que podría alimentar la hostilidad social y el rechazo hacia la comunidad venezolana en España. La Comisión advierte que este tipo de lenguaje excede los límites de la crítica legítima para adentrarse en el agravio personal y colectivo.

En sus alegaciones, Antonio Maestre defendió que el contenido se trataba de un artículo de opinión y que, por tanto, estaba amparado por el derecho a la libertad de expresión. Sin embargo, el órgano deontológico ha desestimado este argumento, subrayando que el ejercicio de la opinión periodística no exime del respeto al pluralismo y del cuidado del lenguaje.

«Cuando la discrepancia insulta con tan evidente exceso, demasía y recreándose en el agravio, lo hace porque no respeta el pluralismo. Y eso sí que no es democracia», concluye el informe de la Comisión de Arbitraje. La resolución enfatiza que el respeto por las opiniones contrarias es una condición necesaria para que todos los ciudadanos puedan ejercer su libertad de expresión sin temor al señalamiento.

A pesar del dictamen y del rechazo manifestado por organizaciones de opositores y exiliados venezolanos, el artículo continúa alojado en el portal digital de la cadena de Atresmedia. Este fallo se suma a los precedentes de la Comisión que buscan velar por la integridad ética de la comunicación en España.

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